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Acceso abierto a la producción científica: Marco legal

Marco legal

                                                                 

Horizonte 2020 es uno de los mayores programas públicos de inversiones destinado a  impulsar la investigación, la innovación y la competitividad. Horizon 2020 cuenta con casi 80.000 M€ para el periodo 2014-2020.

Engloba tres programas anteriores: FP7CIP y  EIT

¿Qué establece Horizon 2020 respecto al acceso abierto a la producción científica?

Se establece como obligatorio el Acceso Abierto (Open Access) para todas las publicaciones científicas resultantes de los proyectos financiados por Horizonte 2020. De manera que lo que en el 7º PM había sido un programa piloto es ahora obligatorio en el programa marco Horizon 2020.

¿Dónde puedo consultar estas normas?

Se explica en el reglamento y en las normas de participación, así como en el  acuerdo de subvención (art . 29 "Difusión de los resultados  - Acceso abierto - Visibilidad de la financiación de la  UE”; art . 36,  excepciones para la confidencialidad; art . 37, seguridad; art. 39, datos personales).

¿Quién está obligado a depositar en  acceso abierto ?

Todos los beneficiarios de subvenciones del Programa Horizonte 2020

¿Qué se debe depositar en  acceso abierto?

.- Habitualmente, el documento final en PDF o bien el post-print (manuscrito revisado por pares y aceptado para su publicación).

¿ Dónde se debe depositar  en  acceso abierto ?

En un repositorio institucional (en el caso de la Universidad de Huelva,  en el repositorio Arias Montano). Arias Montano ha implementado los requerimientos técnicos que lo hacen compatible con el recolector de ciencia europea Openaire. Otras opciones también son: en un repositorio temático  o en un repositorio centralizado (p.e. Zenodo) repositorio impulsado por la Comisión Europea.

¿Qué puede ocurrir si se incumple esta obligación?

Si el beneficiario incumple alguna de  estas  obligaciones, la  subvención podrá ser

reducida (art. 43). Dicho incumplimiento puede conllevar otras medidas, descritas en  en el capítulo 6 del acuerdo de subvención.

 ¿Cuándo se debe depositar  en  acceso abierto ?

 Inmediatamente tras la publicación en la  revista,  si una versión electrónica está disponible  de forma  gratuita  a través de la editorial. O bien en el  plazo de 6  meses desde la publicación (12 meses para las áreas de ciencias sociales y humanidades) en cualquier otro caso.

 ¿Cómo depositar en Arias Montano mis publicaciones financiadas por Horizon 2020?

 Hay principalmente dos vías, si aún no lo ha hecho, solicite el alta para auto-archivar en el repositorio y cuando su registro se haya efectuado podrá depositarlo usted mismo en pocos minutos.  

Otra opción es mediante archivo delegado, proporcione al equipo Arias Montano de la Biblioteca Universitaria de Huelva esos trabajos (pdf del artículo) e indíquenos los datos vinculados a la subvención, al menos: nombre del proyecto, acrónimo y número del acuerdo de subvención.  

 

                                                                     

Horizonte Europa, el nuevo programa de inversión en investigación e innovación para el período 2021-2027,que mantiene y refuerza el apoyo a la ciencia abierta que se había promovido en el programa anterior, está organizado en tres pilares:

1. Ciencia Abierta

2. Retos globales y competitividad industrial

3. Innovación abierta

La Ciencia Abierta, un concepto más amplio que el de Acceso Abierto, es un modelo promovido por la Comisión Europea con el objeto de facilitar el acceso en formato digital a los resultados de investigación financiada con fondos públicos; tanto a las publicaciones científicas como a los datos de investigación generados durante el ciclo de vida de una investigación.

 

                                                             

 

El Plan S tiene como objetivo el acceso abierto completo e inmediato a las publicaciones de investigaciones financiadas con fondos públicos. La coalición de  financiadores de la investigación que se han comprometido a implementar el Plan S, conocido como cOAlition S, pide un cambio definitivo hacia nuevos modelos de publicación académica, cuyo objetivo es acelerar la transición a un sistema  que se caracterice por un acceso en línea inmediato y gratuito,  sin restricciones y por la reutilización de publicaciones académicas. La cOAlition S reconoce que los financiadores de la investigación, las instituciones, los investigadores, las sociedades científicas, los bibliotecarios y los editores deben trabajar juntos hacia un sistema de publicaciones académicas más accesibles, eficientes, justas y transparentes. cOAlition S también promoverá una cultura que garantice que los jóvenes investigadores tengan oportunidades para sobresalir y avanzar en sus carreras.

El objetivo principal del plan es conseguir que, a partir de 2021, todas las publicaciones científicas derivadas de proyectos con financiación pública se publiquen en acceso abierto de manera inmediata.

El Plan S establece 10 principios para conseguir estos objetivos:

  1. Los autores o sus instituciones deben conservar el copyright de sus publicaciones, que deben publicarse bajo una licencia abierta, preferiblemente una licencia Creative Commons (CC BY).
  2. Las agencias de financiación miembros de la coalición establecerán criterios y requisitos solidos que las revistas, plataformas y repositorios de acceso abierto de calidad deben cumplir.
  3. Estas agencias también deberán ofrecer incentivos para la creación y mantenimiento de revistas y plataformas de acceso abierto, en aquellos lugares en que aún no existan.
  4. Las tasas de publicación deben ser sufragadas por las agencias de financiación o las universidades, no por investigadores individuales.
  5. Los miembros de la coalición apoyarán la diversidad de modelos de negocios para revistas y plataformas de acceso abierto. La aplicación de tarifas de publicación deberá estar en consonancia con el servicio editorial realizado y su estructura deberá ser transparente.
  6. Los miembros de la coalición alentarán a los gobiernos, universidades, instituciones de investigación y las bibliotecas a alinear sus políticas, estrategias y prácticas con el objetivo de asegurar la transparencia.
  7. Los principios anteriores se aplicarán a todo tipo de publicación científica, aunque resulta comprensible que conseguir el acceso abierto a las monografías y capítulos de libros requerirá de más tiempo y de un procedimiento individualizado.
  8. Los miembros de la coalición no apoyan el modelo “híbrido” de publicación en acceso abierto, aunque lo aceptarán de forma transitoria, durante un tiempo claramente limitado y solo como parte de un acuerdo transformativo.
  9. Los miembros de la coalición deben supervisar el cumplimiento de sus mandatos y sancionar a los beneficiarios que no los cumplan.
  10. Las agencias de financiación miembro se comprometen a evaluar los resultados de la investigación en función del propio mérito del trabajo científico y no por el medio de difusión en el que se ha publicado, su factor de impacto (u otras métricas para la evaluación de revistas) o el editor.
  • Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, publicada en 2011, que recoge en su artículo 37, con el título “Difusión en acceso abierto” los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de llevar a cabo la difusión en abierto de los resultados de la investigación financiada con fondos públicos y aceptados para su publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas. Se establece, por tanto, la obligación legal para la comunidad de científicos españoles de depositar en acceso abierto una copia de los artículos que publicaran en el marco de sus proyectos de I+D+I nacionales.
  • La Ley 14/2011 ha ha sido modificada por la Ley 17/2022 y especifica en el art. 37. Ciencia Abierta, lo siguiente:

    "El personal investigador debe depositar una copia de la versión final aceptada para la publicación y los datos asociados a las mismas en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación".

  • Las convocatorias de proyectos de la AEI que se están publicando desde la entrada en vigor de la Ley de la Ciencia de 2022 incluyen la obligación específica de acceso abierto al contenido, de acuerdo con el marco legal vigente que, además, prohíbe la cesión de derechos de propiedad intelectual en beneficio de las editoriales si ello impide el cumplimiento de esta obligación.

             Art. 37.3:Los beneficiarios de ayudas y subvenciones públicas se asegurarán de que conservan los derechos de propiedad  intelectual necesarios para dar cumplimiento a los requisitos de acceso abierto.

La FECYT ha coordinado la redacción de unas Recomendaciones para la implementación del artículo 37 de la mencionada Ley. Se trata de una guía práctica que define los aspectos principales de la política nacional de acceso abierto y especifica cuáles son los nuevos roles que habrán de adoptar los colectivos implicados en la producción y gestión del mercado de la información científica. Aporta recomendaciones específicas para:

a)  Quienes gestionen ayudas públicas a la I+D+i

b)  Para las universidades y centros de investigación

c)  Para personal investigador

d)  Y para las entidades suscriptoras de revistas científicas

Ver Recomendaciones para la implementación del artículo 37 Difusión en Acceso Abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación elaboradas por la FECYT.

En el Artículo 14.5 se establece la obligación de que las universidades archiven en sus repositorios las tesis doctorales.

Uno los principios rectores del PEICTI es:

Acceso abierto a resultados, entendidos como publicaciones científicas y datos de investigación, de las actividades subvencionadas con recursos públicos [...]. Los trabajos financiados a través del PEICTI y publicados en revistas científicas se depositarán en formato digital en un repositorio institucional o temático de acceso abierto. Además, los datos de investigación deberán seguir los principios FAIR (acrónimo de Findable, AccessibleInteroperable y Reusable) y, siempre que sea posible, difundirse en abierto

La Asamblea General de Crue Universidades Españolas, aprobó un documento que contiene diez acciones concretas para impulsar la Ciencia Abierta, en la misma línea que han seguido otras instituciones y asociaciones europeas afines. El texto ha sido elaborado por el Grupo de Trabajo de Open Science que Crue constituyó el pasado 18 de junio de 2018.

Ver documento

 

Cómo cumplir con los mandatos del Acceso Abierto

                                                     

En el Consejo de Gobierno celebrado el 27 de febrero de 2015, la Universidad de Huelva ha aprobado su Política Institucional de Acceso Abierto a la Producción Científica y Académica, que puede consultarse en esta dirección web. Tal y como se señala en la Exposición de motivos, “en los últimos años, las universidades, como instituciones productoras de información científica, han ido sumándose a las diversas iniciativas que propugnan el acceso abierto a la literatura científica, como una forma de aumentar la visibilidad e impacto de su propia actividad y la de sus miembros. Siguiendo esta tendencia, la Universidad de Huelva (UHU), creó en 2008 el Repositorio Institucional Arias Montano para archivar, preservar y difundir los documentos generados. Además, el Consejo de Gobierno celebrado el 24 de junio de 2010, aprobó la adhesión a la Declaración de Berlín, uno de los documentos fundacionales del denominado movimiento Open Access.” 

En el documento aprobado, se indica que “el personal docente e investigador de la UHU podrá depositar el texto íntegro de sus publicaciones (artículos científicos, libros o partes de libros, presentaciones en congresos, informes técnicos, tesis, etc.), resultado de su actividad investigadora y académica, en el repositorio institucional Arias Montano. Este depósito será obligatorio cuando las publicaciones sean fruto de proyectos financiados en convocatorias públicas en cuyas bases reguladoras se establezca este requisito.” 

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva viene aprobando anualmente desde 2016/2017 su "Estrategia de Política de Investigación y de Transferencia". La EPIT 2023 dedica su apartado 6.6. al "Apoyo a la visibilidad de la producción y fomento de revistas propias". La EPIT establece respecto al acceso abierto tanto en su vía verde como vía dorada, respecto al repositorio Arias Montano y respecto a la correcta filiación de investigador e institucional, lo siguiente:

a) En el ámbito específico del despliegue de la presente EPIT de la UHU, y a través de las distintas convocatorias de ayuda a la actividad investigadora, se establece como obligatorio el depósito en el Repositorio Institucional Científico Arias Montano de una copia a texto completo del artículo, trabajo presentado a congreso, informe técnico, capítulo de libro, libro, etc., generado bajo el amparo de fondos públicos. Siendo uno de los fines de esta Política la mejor difusión y visibilidad de la producción científica de la UHU. 

b) Por otra parte, se recomienda la publicación en revistas de acceso abierto o que, al menos, permitan a los autores depositar una copia en depósitos abiertos. Igualmente, la UHU aconseja que se evite la cesión total de los derechos de autor al publicar una obra, con el fin de permitir el depósito de la misma en repositorios de acceso abierto.  

c) Igualmente es requisito que todos los miembros de la comunidad universitaria receptores de  ayudas vinculadas a financiación pública y que generen producción científica al amparo de dichas ayudas, garanticen y contribuyan a la correcta filiación para la mejor visibilidad institucional mediante la firma científica normalizada (según Resolución rectoral sobre la normalización de la afiliación institucional a la Universidad de Huelva, en todo tipo de publicaciones cuya autoría esté vinculada a personal de la misma de 11 de febrero de 2014) y cuenten con los correspondientes iden tificadores/perfiles de investigador más pertinentes según disciplina, así: ORCID, Google Scholar Citations, ResearcherID,  etc. 

El art. 45, Archivo de la Tesis, establece que " Una vez aprobada la tesis doctoral, la Universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá un ejemplar de la tesis, junto con toda la información complementaria que fuera necesaria, al Ministerio de Educación"

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